Acuerdo de 6 de junio de 2013, de la Junta Electoral Central, por el que se convocan becas para la formación práctica de documentalistas.
La Junta Electoral Central convoca tres becas individuales para la formación y colaboración en la realización de trabajos y estudios de carácter documental relacionados con la actividad electoral y con la documentación obrante en la Junta Electoral Central. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad de la Junta Electoral Central.
Cada una de las tres becas tendrá una duración de doce meses y su dotación será de 1.100 euros brutos mensuales en los ejercicios 2013, 2014 y 2015. Los importes de las becas se abonarán al término de cada mes.
Pueden solicitar la concesión de beca los españoles que reúnan las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión del título de Grado en Información y Documentación o de Licenciado en Documentación expedido por Universidades españolas u homologado por el Ministerio de Educación.
b) Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario exigido con posterioridad al 1 de enero de 2008.
c) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca de la Junta Electoral Central de las mismas características.
Los solicitantes deben presentar una instancia (disponible en la página web de la Junta Electoral Central http://www.juntaelectoralcentral.es), que ha de ajustarse al modelo que se adjunta como anexo I de la presente convocatoria, en el Registro de la Secretaría Técnica de la Junta Electoral Central (Carrera de San Jerónimo, 36, entreplanta, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, o bien remitirla en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo para la presentación de instancias será de quince días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».