Resumen

Acuerdo de 6 de julio de 2018, de la Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 305 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de alumnos y alumnas de la Escuela Judicial, para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez, y plazas de alumnos y alumnas del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal por la categoría de Abogado Fiscal.

Requisitos de las personas aspirantes.

  • Para tomar parte en este proceso, las personas aspirantes deberán ser mayores de edad, tener la nacionalidad española, y no haber incurrido en ninguna de las causas de incapacidad que recoge el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 44 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Podrán concurrir al proceso los Licenciados en Derecho o los que posean un título equivalente en los planes de estudio actuales, es decir, el Grado en Derecho. Todo ello con referencia a la fecha en la que expire el plazo establecido para la presentación de solicitudes.

La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 09/07/2018