Resumen

Bases que han de regir las pruebas selectivas para la cobertura de dos plazas de Operarios de Oficios Varios, por turno libre, dentro de la plantilla de personal laboral y creación de bolsa de empleo. Expediente 17/5038/2024.

Requisitos:
  • a) Tener nacionalidad española.
  • b) Tener cumplidos, en la fecha de la convocatoria, los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • c) Estar en posesión del Certificado de escolaridad, graduado escolar o equivalente de formación profesional, o estar en condición de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Las equivalencias de los títulos alegados que no tengan el carácter general, deberán justificarse por el interesado. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
  • d) Poseer capacidad funcional y no sufrir dolencia ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el ejercicio de las funciones propias de la plaza convocada, o que la imposibilite. Quienes tengan la condición de discapacitados, tendrán que acreditar la aptitud para el ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria, mediante dictamen expedido, por un equipo multiprofesional competente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del RD Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social.
  • e) No haber sido condenado por delito doloso, salvo cancelación de antecedentes.
  • f) No haber sido separado del servicio de la Administración del Estado, de la Administración autonómica, local o institucional, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.
  • g) Justificante del abono de la Tasa por Derechos de examen conforme a la Base sexta.

Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso (ANEXO II), en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza a la que se opte, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana, presentándose en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento en los términos de los artículos 9.1 y 30.5 de la Ordenanza municipal correspondiente (BOC nº 25, de 06/02/2025) o en los organismos y oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días (20) hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, prorrogándose el último día al inmediatamente siguiente, si aquel en que finalizara dicho plazo fuera sábado, domingo o festivo. 23/06/25