Resumen

Orden HAC/11/2016, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases generales de las becas de formación práctica en el Instituto Cántabro de Estadística.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras que deben regir las convocatorias, en régimen de concurrencia competitiva, de las becas de formación, especialización y colaboración del ICANE.

Requisitos de las personas beneficiarias:

  • Podrán ser beneficiarias todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
  • a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
  • b) Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • c) No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.
  • d) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio de subvenciones de Cantabria.

Para la beca en la sección de Estadísticas Económicas del Servicio de Estadísticas Económicas y Socio-demográficas: Grado o licenciatura en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias y técnicas Estadísticas o equivalentes.
Para la beca en el Servicio de Informática y Banco de Datos: Grado en Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación o Ingeniería de Telecomunicación, Grado en Tecnologías de la Información, Grado en Ingeniería Informática o Ingeniería en Informática, Grado en Física o Licenciatura en Ciencias Físicas, Grado en Matemáticas o Licenciatura en Ciencias Matemáticas, Ciclo Formativo de Grado Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, Ciclo Formativo de Grado Superior en Desarrollo de Aplicaciones web.

Haber finalizado la titulación exigida para optar a la beca en el curso académico 2010/2011, o en cursos posteriores.

La cuantía de las becas será de 800 euros brutos mensuales, al que se aplicarán las retenciones fiscales que correspondan, así como las correspondientes al abono de las cuotas por contingencias comunes que sean con cargo al beneficiario del disfrute de la beca.

El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria de la beca en el Boletín Oficial de Cantabria. 30/06/2016