Resumen

Orden SCB/947/2018, de 7 de septiembre, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2018 para el acceso en el año 2019, a plazas de formación sanitaria especializada para Médicos, Farmacéuticos, Enfermeros y otros graduados/licenciados universitarios del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.

Medicina: Un total de 6.797 plazas.

Farmacia: Un total de 267 plazas.

Enfermería: Un total de 1.092 plazas.

Química: Un total de 22 plazas.

Biología: Un total de 49 plazas.

Psicología: Un total de 141 plazas.

Titulaciones

A las plazas de formación sanitaria especializada que se citan en el dispongo primero, podrán acceder:

  • a) Los graduados/licenciados en Medicina a las plazas ofertadas para Médicos.
  • b) Los graduados/licenciados en Farmacia a las plazas ofertadas para Farmacéuticos.
  • c) Los graduados/diplomados en Enfermería a las plazas ofertadas a Enfermeros.
  • d) Los graduados/licenciados en Psicología u otros graduados/licenciados del ámbito de la psicología, a las plazas de la especialidad de Psicología Clínica que se incluyen en la oferta.
  • e) Los graduados/licenciados en Física, o poseedores de otros títulos universitarios superiores en disciplinas científicas y tecnológicas, oficialmente reconocidos, a las plazas de Radiofísica Hospitalaria en formación que se incluyen en la oferta.
  • f) Los graduados/licenciados en Química, los graduados/licenciados en Bioquímica u otros titulados universitarios del ámbito de la química, a las plazas ofertadas que figuran en el cuadro número 2 del anexo I bajo la rúbrica «QUÍMICA».
  • g) Los graduados/licenciados en Biología, o graduados/licenciados en Bioquímica, en Biotecnología u otros titulados universitarios del ámbito de la biología, a las plazas ofertadas que figuran en el cuadro número 2 del anexo I bajo la rúbrica «BIOLOGÍA».
  • Los graduados/licenciados en Bioquímica u otros graduados/licenciados universitarios vinculados al ámbito de la química o la biología, citados en los anteriores párrafos f) y g), realizarán la prueba selectiva de Biología o Química, según la opción que elijan en el momento de presentar sus instancias. Estos graduados/licenciados solo podrán acceder a las plazas de formación especializada asignadas en el catálogo general de plazas en formación que figura en el cuadro número 3 del anexo I, bajo la rúbrica «QUIM.» o «BIOL.» según la opción de ejercicio elegida.

Requisitos de los aspirantes:

1. Nacionalidad: Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas, los aspirantes deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de la Confederación Suiza, o los vinculados con estos en los términos que se citan a continuación. Podrá participar en esta convocatoria cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge o pareja con la que se mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, o de la Confederación Suiza, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o se haya cancelado la correspondiente inscripción. Igualmente, podrán participar en esta convocatoria los descendientes directos del ciudadano comunitario, así como los de su cónyuge o pareja, en los términos antes citados, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Asimismo podrán participar en esta convocatoria otras parejas de hecho con las que se mantenga una relación estable debidamente probada, así como los descendientes directos del ciudadano comunitario u otros familiares del ciudadano comunitario, distintos a los antes citados, cualquiera que sea su nacionalidad. Las situaciones antes descritas se aplicarán con sujeción a lo previsto en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • b) Los nacionales del Principado de Andorra sus cónyuges, pareja y descendientes directos podrán participar en las presentes pruebas, en las mismas condiciones que los ciudadanos comunitarios y los vinculados con ellos en los términos citados en la anterior párrafo a).
  • c) Los nacionales de terceros países no incluidos en los dos apartados anteriores, que sean titulares de una autorización para residir en España en los términos establecidos en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, podrán presentarse a las presentes pruebas selectivas para acceder a plazas de formación sanitaria especializada de cualquier titulación en igualdad de condiciones que los españoles.
  • d) También podrán concurrir a las pruebas selectivas para Médicos, Farmacéuticos y Enfermeros, los nacionales de aquellos países extracomunitarios no incluidos en las situaciones previstas en los anteriores párrafos a), b) y c), siempre que dichos aspirantes pertenezcan a países que en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, tengan suscrito y en vigor Convenio de Cooperación Cultural con España. Estarán incluidos en este grupo los aspirantes nacionales de estos países que se encuentren en España con autorización de estancia por estudios.

El plazo de presentación de solicitudes es el que se determina en el calendario de estas pruebas que se contiene en el anexo VIII. 14/09/2018