Resumen

Convocatoria de las ayudas destinadas al fomento de emprendimiento y desarrollo empresarial en el municipio de Santander para el año 2015.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas todas aquellas personas físicas y jurídicas que, además de cumplir los requisitos específicos de cada uno de los programas, reúnan a la fecha de presentación de la solicitud las siguientes condiciones:

a) Tener satisfechas todas las deudas contraídas con el Ayuntamiento de Santander, provenientes de impuestos, tasas, precios públicos o recargos tributarios.
b) No tener pendiente de justificación ninguna otra subvención anterior concedida por el Ayuntamiento de Santander.
c) Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria d) Para los beneficiarios del Programa II, contar con la correspondiente licencia de apertura de establecimiento y ejercicio de actividades a nombre del titular de la actividad, en el local en el que se esté ejerciendo la actividad a fecha de la solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria (01/07/2015)