Resumen

Orden MED/11/2016, de 3 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica en la Oficina de Calidad Alimentaria.

La beca durará hasta el 31 de diciembre del año de la convocatoria. El importe mensual bruto será de 800 euros/mes. Las becas podrán prorrogarse, excepcionalmente, una sola vez, por un período máximo de doce meses.

La concesión y disfrute de la beca, dado su carácter formativo y de especialización, no supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Los estudios y trabajos realizados serán propiedad exclusiva de la ODECA.

Beneficiarios:

Pueden solicitar la concesión de la beca quienes estén en posesión de alguno de los siguientes títulos:
— Grado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
— Grado en Ingeniería Alimentaria.
— Grado en Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
— Grado en Ingeniería Agrícola o Ingeniería Técnica Agrícola.
— Grado en Ingeniería y Ciencia Agronómica o Ingeniería Agrónoma.
— Grado en Veterinaria o Licenciatura en Veterinaria.

Los interesados podrán presentar solicitudes siempre que no hayan transcurrido más de cuatro años desde la obtención del título y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes; sean españoles o naturales de un país de la Unión Europea.

Los solicitantes deberán presentar una instancia, conforme al modelo del anexo I de la presente Orden, dirigida al director de la ODECA, dentro del plazo de los quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, en el Registro de la ODECA (C/ Héroes del 2 de mayo, n.º 27, 39600 Muriedas, Camargo). 14/03/2016