Resumen

Orden INN/33/2019, de 16 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de becas de formación y prácticas formativas sobre  internacionalización de SODERCAN.

Requisitos:

  • a) Poseer la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea.
  • b) Ser mayor de edad y haber nacido a partir del año que se determine en cada convocatoria.
  • c) Poseer titulación que se determine en cada convocatoria.
  • d) Tener un nivel mínimo de idiomas, que sea acorde al requerido en función de losdestinos especificados en cada convocatoria.
  • e) Haber nacido o haber ostentado vecindad administrativa en Cantabria con una antigüedad igual o superior a los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de
    publicación de la convocatoria correspondiente.
  • f) No haber disfrutado con anterioridad de otra beca de formación de características similares o naturaleza análoga procedente de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales (las concedidas por Cámaras de Comercio, Gobiernos Autónomos, ICEX, etc.) que sumada a la de la beca objeto de estas bases pueda llegar a superar los 24 meses.
  • g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
  • h) No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de la beca.
  • i) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

El plazo de presentación de las solicitudes será el indicado en la correspondiente convocatoria.