Resumen

Orden PRE/01/2026, de 9 de enero, por la que se convoca el proceso abierto y permanente para la formación de la bolsa de empleo de la categoría profesional Técnico Superior de Explotación Portuaria, Grupo 1, para la contratación laboral temporal en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Requisitos:

  • a) Tener la nacionalidad española, o ser nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea o nacional o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • b) Tener un mínimo de 16 años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • c) Tener capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la categoría profesional y, en su caso, especialidad.
  • d) No tener la condición de personal laboral fijo de la misma categoría profesional y, en su caso, especialidad a la que se opta.
  • e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • f) Haber transcurrido el periodo mínimo previsto para la reincorporación a la bolsa de empleo por las causas previstas en los artículos 8 y 10 de la Orden PRE/147/2023, de 1 de diciembre, reguladora de la selección, contratación y cese del personal laboral al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la constitución y funcionamiento de bolsas de empleo temporal con carácter abierto y permanente.
  • g) Conforme a la «Tabla de las titulaciones de las categorías profesionales» (Anexo III) del VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, estar en posesión de alguno de los siguientes títulos o sus equivalentes, que sean expedidos por el Estado Español o debidamente homologados:
    • T. S. en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas.
    • T. S. Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción.
    • T. S. Navegación, Pesca y Transporte Marítimo.

BOC: 15/01/2026