Resumen

INSTRUCCIÓN 2/2018 DEL DIRECTOR DEL SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO POR LA QUE SE DICTAN REGLAS Y SE DETERMINA EL PROCESO DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS/AS A PUESTOS DE COORDINACIÓN EN LANZADERAS DE EMPLEO Y EMPRENDIMIENTO SOLIDARIO EN AQUELLOS CASOS EN QUE LA ENTIDAD BENEFICIARIA DE LA SUBVENCIÓN HAYA OPTADO POR LA PRESENTACIÓN DE OFERTA GENÉRICA DE EMPLEO EN LA RED DE OFICINAS DEL SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO.

Son requisitos generales de participación los siguientes:

  • a) Edad: Tener cumplidos 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria.
  • b) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • c) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los/las españoles/las y de los/las nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los/las nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, siempre que no estén separados de derecho.
  • d) Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
  • e) También podrán participar el resto de personas extranjeras con autorización administrativa para trabajar en España.
  • f) Capacidad: Tener la capacidad funcional para el desempeño de las correspondientes funciones y tener dominio del español.
  • g) Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales, o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Plazo máximo de presentación de candidaturas: 05/10/2018