Resumen

Bases reguladoras y convocatoria para la contratación temporal, de Oficial de Primera de la Brigada de Obras por sustitución del titular, y formación de una bolsa de empleo. Expediente 2024/76.

Requisitos:

  • a) Nacionalidad. Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados.
  • b) Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • c) Edad. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que la normativa específica determine una diferente.
  • d) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  • e) No hallarse incurso ni estar afectado por ninguno de los motivos de incompatibilidad contenidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, referida al personal al servicio de las Administraciones Públicas, o comprometerse en su caso, a ejercer opción en el periodo de tiempo que prevé el art. 10 de la disposición legal señalada.
  • f) Estar en posesión del Título de Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria o Título de Graduado Escolar o Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
    La equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
  • g) Estar en posesión de los permisos de las Clases B y C y del certificado de aptitud profesional (CAP).

Las solicitudes se presentarán en el registro del Ayuntamiento dentro del plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases y convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. 01/03/2024