Resumen

Resolución de 12 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases y se convoca para el año 2025 la prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Personas destinatarias y requisitos para concurrir a las pruebas:

  • 1. Deberán concurrir a la prueba específica de acceso que se convoca mediante la presente resolución aquellas personas aspirantes que deseen cursar las enseñanzas artísticas superiores de diseño durante el curso 2025-2026. Aquellas personas aspirantes que estén en posesión del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño podrán acceder directamente a cursar enseñanzas artísticas superiores de diseño sin realizar la prueba específica a la que se refiere este subapartado, pero deberán inscribirse a la misma y solicitar la correspondiente exención, según lo indicado en el apartado octavo de la presente resolución, siempre y cuando cumplan las condiciones generales de acceso a estas enseñanzas.
  • 2. Para cursar las enseñanzas a las que se refiere esta resolución, además de la superación de la prueba de carácter específico, en la que se deberá demostrar que se poseen los conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas, se deberá estar en posesión de, al menos, uno de los siguientes títulos o condiciones:
    • a) Título de Bachiller.
    • b) Título de enseñanzas artísticas superiores.
    • c) Título universitario.
    • d) Título de Técnico Superior.
    • e) Título declarado equivalente u homologado a los anteriores.
    • f) Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

El periodo de inscripción para la realización de la prueba específica convocada en la presente resolución será desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución al viernes 6 de junio de 2025, ambos inclusive. Deberá tenerse en cuenta que la persona interesada solo podrá presentar solicitud de exención si, en el momento de la inscripción en la prueba, está en posesión del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado octavo, subapartado 2, de la presente resolución. 16/05/25