Resumen

Extracto de la Orden FOM/4/2025, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de ayudas para la incorporación de conductores profesionales al mercado laboral.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente orden las personas físicas con residencia fiscal en Cantabria, que hayan realizado un curso para la obtención del certificado de aptitud profesional en 2025, hecho que se comprobará por la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, y los que se hayan matriculado en una autoescuela para la obtención del permiso de conducción de las clases C, C1, C1+E, C+E, D, D1, D1+E o D+E.

Gastos subvencionables:

  • Serán subvencionable el coste del curso para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP) y el importe de la matrícula y las clases para la obtención del permiso de circulación de las clases C, C1, C1+E, C+E, D, D1, D1+E o D+E que se realicen entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2025.
  • La cuantía máxima será de 1.200 euros para los cursos CAP de 140 horas y de 2.000 euros para los cursos CAP de 280 horas.
  • En el caso de cursos para alumnos que ya tuvieran el certificado de aptitud profesional en una categoría que les sirva para obtenerlo en otra categoría, será subvencionable un importe máximo de 300 euros.
  • La cuantía máxima para los costes de matrícula y clases de conducción para la obtención del permiso de conducción de las clases C, C1, C+E, C1+E, D, D1, D1+E o D+E será de 1.200 euros.
  • En el caso de la que la factura sea de importe inferior a la subvención máxima se abonará el importe de la factura.

Las solicitudes podrán ser presentadas desde el día siguiente a la fecha de la entrada en vigor de la presente orden, hasta el día 1 de octubre de 2025. 03/03/2025