Resumen

Resolución de 8 de agosto de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la obtención de licencias o permisos de conducir vehículos automóviles por los jóvenes empadronados en Cantabria.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los jóvenes empadronados en Cantabria que tengan en el momento de obtención del permiso o licencia de conducción de 16 a 30 años y lo hayan obtenido en una autoescuela de Cantabria entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de julio de 2025, ambos incluidos.

Gastos subvencionables:

  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden reguladora de las bases de la subvención, el gasto subvencionable será el coste económico satisfecho por la obtención de la licencia o permiso de conducir hasta un máximo de doscientos (200) euros por beneficiario y hasta el agotamiento del crédito.
  • El solicitante solo podrá presentar una solicitud por una de las licencias o permisos a los que hace referencia el apartado Primero de esta Resolución. En el supuesto de que presente más de una se tendrá por válida la última presentada y la primera licencia o permiso de conducir al que se haga referencia.
  • De conformidad con el artículo 32.8 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones, en ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Cantabria. 18/08/2025