Erasmus.es

1351389197w09a1El BOE publicó la Orden ECD/527/2014, de 1 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas Erasmus.es para la movilidad de estudiantes de instituciones de educación superior y se aprueba la convocatoria en concurrencia competitiva correspondiente al curso académico 2014-2015.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los estudiantes de instituciones de educación superior que hayan sido seleccionados por las citadas instituciones dentro del marco del Programa «Erasmus+» que destaquen por su expediente académico y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden.

Se entiende por instituciones de educación superior la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior.

Para la adjudicación de las ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  • En el caso de las movilidades de alumnos correspondientes a enseñanzas universitarias:
    • La nota media del expediente académico del estudiante en el momento de realizar la solicitud.
    • La institución de educación superior de origen asignará hasta un máximo de 2 puntos a la solicitud del estudiante, teniendo en cuenta, entre otros criterios, el programa de estudios a realizar en la institución de destino, el número de créditos que tiene previsto cursar durante su estancia, el número de créditos que ya ha cursado en el momento de presentar la solicitud, y todos aquellos elementos que se consideren oportunos para evaluar su candidatura.
    • Las ayudas se distribuirán en función de las ramas de conocimiento utilizadas por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA):
      • Artes y Humanidades.
      • Ciencias.
      • Ciencias de la Salud.
      • Ciencias Sociales y Jurídicas.
      • Ingeniería y Arquitectura.
    • Se asignará a cada institución un número de ayudas proporcional a las movilidades que haya gestionado en el curso académico 2012/2013.
    • Las ayudas se concederán para la realización de estudios o, en su caso, de prácticas.
    • En caso de empate, se valorarán por este orden los siguientes criterios: en primer lugar, la acreditación de un nivel de idioma superior a B2, y en segundo lugar el número de créditos superado por cada solicitante, dando prioridad a quienes hayan superado mayor número de crédito.
  • En el caso de las movilidades de alumnos correspondientes a enseñanzas artísticas superiores, formación profesional de grado superior, enseñanzas artísticas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y enseñanzas deportivas de grado superior:
  • Se distribuirán, de modo conjunto, entre sus estudiantes un número de ayudas proporcional a las movilidades que se hayan gestionado en estos centros en el curso académico 2012/2013.
  • En el caso de solicitar ayuda de movilidad para prácticas, el estudiante deberá aportar a la institución de educación superior, una carta de aceptación de la empresa en la que va a realizar las prácticas, o un documento justificativo entre la institución de educación superior y la empresa, que permita comprobar que se van a realizar las prácticas.
  • En caso de empate, se valorarán por este orden los siguientes criterios: en primer lugar, se dará prioridad a quienes acrediten un mayor nivel de idioma y en segundo lugar, quienes acrediten un mayor número de créditos por los módulos profesionales superados de las enseñanzas que estén cursando.

Más información.

Corrección de errores

Blog de Empleo, Formación y Recursos Humanos en Cantabria, más info: www.santiagosaroortiz.com

Formación