Resumen

Orden ECD/43/2015, de 25 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de siete becas destinadas a la formación en la gestión de fondos y actividades en los museos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria.

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de siete (7) becas destinadas a la formación en la gestión de fondos museológicos en los museos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, dirigidas a licenciados/graduados en Antropología, Bellas Artes, Geografía, Historia, Historia del Arte, Humanidades, Documentación y Biología.

Podrán ser destinatarios de estas becas aquellas personas físicas que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

a) Ser español o poseer la nacionalidad de un estado de la Unión Europea.
b) Encontrarse empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
c) No disfrutar de una beca o ayuda de naturaleza análoga.
d) No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante 2 o más años.
e) No haber sido separado del servicio de ninguna administración o institución pública o privada, como consecuencia de expediente disciplinario.
f) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos universitarios superiores: Licenciado/Graduado en Antropología, Bellas Artes, Geografía, Historia, Historia del Arte, Humanidades, Documentación, (para el área de historia) y Licenciado/Graduado en Ciencias Biológicas (para el área de biología), o títulos análogos de la Unión Europea, siempre que esté homologado o reconocido.
g) Haber obtenido la titulación académica en el curso 2008-2009, o en cursos posteriores.
h) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria y frente a la Seguridad Social.

El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Cantabria.