7 Becas museos de Cantabria

  • Beca o práctica
  • Cantabria

Web Gobierno de Cantabria

Orden ECD/43/2015, de 25 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de siete becas destinadas a la formación en la gestión de fondos y actividades en los museos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria.

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de siete (7) becas destinadas a la formación en la gestión de fondos museológicos en los museos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, dirigidas a licenciados/graduados en Antropología, Bellas Artes, Geografía, Historia, Historia del Arte, Humanidades, Documentación y Biología.

Podrán ser destinatarios de estas becas aquellas personas físicas que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

a) Ser español o poseer la nacionalidad de un estado de la Unión Europea.
b) Encontrarse empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
c) No disfrutar de una beca o ayuda de naturaleza análoga.
d) No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante 2 o más años.
e) No haber sido separado del servicio de ninguna administración o institución pública o privada, como consecuencia de expediente disciplinario.
f) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos universitarios superiores: Licenciado/Graduado en Antropología, Bellas Artes, Geografía, Historia, Historia del Arte, Humanidades, Documentación, (para el área de historia) y Licenciado/Graduado en Ciencias Biológicas (para el área de biología), o títulos análogos de la Unión Europea, siempre que esté homologado o reconocido.
g) Haber obtenido la titulación académica en el curso 2008-2009, o en cursos posteriores.
h) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria y frente a la Seguridad Social.

El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Cantabria.

Por favor, para solicitar este trabajo visita boc.cantabria.es.

Scroll al inicio
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.