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Extracto de la Orden IND/51/2026, de 28 de septiembre, por la que se convoca una beca de formación práctica dirigida a postgraduados en la Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial.
Requisitos de los beneficiarios:
- a) Poseer plena capacidad de obrar y ser residente legal en España en el momento de iniciar el disfrute de la beca.
- b) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.
- c) Poseer la titulación exigida: titulados universitarios o graduados, cuyas enseñanzas hayan tenido una duración mínima de cuatro años en las siguientes titulaciones: Marketing, Publicidad o Periodismo En cualquier caso, se requerirá que no hayan transcurrido más de 3 años desde la expedición del título o, en su caso, desde la fecha de pago de los correspondientes derechos de expedición, hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
- d) Los solicitantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar un nivel B2, o superior, de castellano.
- e) No haber sido beneficiario de ninguna otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años. Podrán acceder a la condición de beneficiario aquellas personas que hayan disfrutado de otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria hasta completar el plazo máximo de dos años legalmente establecido.
- f) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Tercero.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de convocatoria de la beca en el Boletín Oficial de Cantabria. 05/10/2026
Por favor, para solicitar este trabajo visita boc.cantabria.es.
