Becas de formación para la especialización en materia de seguridad nuclear y protección radiológica

  • Beca o práctica
  • Madrid

Web Consejo de Seguridad

Resolución de 24 de julio de 2020, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan becas de formación para la especialización en materia de seguridad nuclear y protección radiológica.

Requisitos:

  • a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea y de los estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ser residente legal en España en el momento de solicitar la beca y poseer plena capacidad de obrar y con dominio hablado y escrito del idioma español.
  • b) Poseer la titulación académica requerida para cada beca en las condiciones previstas en las bases reguladoras y en las normas específicas recogidas en esta convocatoria o, en su caso, acreditar el abono de los correspondientes derechos para su expedición, a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
  • c) Quienes presenten solicitudes deberán haber finalizado los estudios requeridos en los seis años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.
  • d) Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud, de conformidad con el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior.
  • e) No ser, ni haber sido becario del Consejo de Seguridad Nuclear.
  • f) No padecer enfermedad ni defecto físico, que impida el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
  • g) Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente y no ser deudor por obligaciones de reintegro en subvenciones anteriores.

El número de becas concedidas será 2, con la distribución siguiente:

  • Una beca para apoyo a los grupos de trabajo de las distintas áreas temáticas de PEPRI.
  • Una beca para apoyo a los grupos de trabajo de las distintas áreas temáticas de CEIDEN.

Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de veinte días, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 07/08/2020

Por favor, para solicitar este trabajo visita www.boe.es.

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