Bolsa de empleo de secretarios/as para ayuntamientos Cantabria

Web Gobierno de Cantabria

Orden PRE/93/2020, de 4 de junio, por la que se convoca prueba de aptitud necesaria para constituir por el Gobierno de Cantabria relación de candidatos propia para la provisión, con carácter interino, de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Requisitos:

  • a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española.
  • b) Edad: Tener un mínimo de 16 años de edad y no tener la edad máxima de jubilación forzosa.
  • c) Titulación: Los candidatos deberán estar en posesión, o estar en condiciones de obtener, la titulación académica exigida para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1 de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y artículo 18, del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente homologación del título.
  • d) Habilitación: No haber sido separado/a del servicio mediante resolución firme de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial cuando se trate de acceder a la escala de personal funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.
  • e) Capacidad funcional: Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones.
  • f) Incompatibilidades: No encontrarse incurso en causas de incompatibilidad para el ejercicio de la función pública, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Las personas aspirantes deberán presentar la correspondiente solicitud, según el modelo que se adjunta en los Anexos II y III de la presente Orden, en el Registro General del Gobierno de Cantabria (c/ Peña Herbosa, nº 29 39003 Santander), o en cualquiera de los lugares que a tal efecto establece el artículo 38.4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los referidos Anexos podrán descargarse de la página web oficial de la Dirección General competente en materia de Administración Local: http://www.administracionlocaldecantabria.com/.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. 09/06/2020

Por favor, para solicitar este trabajo visita boc.cantabria.es.

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