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Orden EDU/35/2026, de 13 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios María Blanchard a la excelencia académica en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
1. Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a) Haber finalizado los estudios de alguna de las enseñanzas dispuestas en el artículo 1, en el año académico al que se refiera la convocatoria, en un centro educativo sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria o, en la Universidad de Cantabria en el caso de grados universitarios, y estar en posesión del correspondiente título o estar en disposición de solicitarlo.
- b) Haber obtenido en la respectiva enseñanza una nota media igual o superior a 9 puntos.
- c) Estar empadronado o empadronada, durante el curso en que se haya finalizado las enseñanzas, en un municipio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. Las personas beneficiarias deberán, además, cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 12 y con las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes:
- 1. La solicitud se dirigirá a la persona titular de la consejería competente en materia de educación en el modelo que determine la orden de convocatoria, y se presentará en el Registro Electrónico Común (REC) disponible en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de la correspondiente convocatoria. 17/07/2026
Por favor, para solicitar este trabajo visita boc.cantabria.es.
