Podrán ser benefi ciarias todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
- a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
- b) Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- c) Estar en posesión de la titulación exigida de acuerdo con la siguiente relación: Grado en
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación o Ingeniería de Telecomunicación, Grado en
Ingeniería Informática o Ingeniería en Informática, Grado en Física o Licenciatura en Ciencias
Físicas y Grado en Matemáticas o Licenciatura en Ciencias Matemáticas.
El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente
de la publicación de la presente Orden en el Boletín Ofi cial de Cantabria.