Ayudas al mantenimiento y creación de empleo en Torrelavega

Bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas a la inversión con mantenimiento y/o creación de empleo.

Beneficiarios.

.- Podrán ser beneficiarias aquellas empresas, personas físicas o jurídicas, que desarrollen su actividad dentro del municipio de Torrelavega y que tengan su domicilio social y/o el centro de trabajo en Torrelavega y que no tengan más de 50 trabajadores de alta en la fecha de la solicitud, en cualquiera de las modalidades de contratación y computando tanto el régimen general como el especial de autónomos.

.- No ser beneficiario de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos concedidos por Gobierno de Cantabria o cualesquiera de sus organismos autónomos por los mismos conceptos elegibles.

.- Estar dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social y Agencia Tributaria, en el momento de presentar la solicitud.

Modalidad y cuantía de las ayudas:

1.- Las ayudas contempladas en el presente programa tienen el carácter de subvención a fondo perdido, destinadas a financiar inversiones en activo fi jo teniendo como requisito principal y excluyente el mantenimiento o incremento de la plantilla computando tanto los trabajadores de alta en el sistema general de la Seguridad Social como los trabajadores adscritos al régimen especial de autónomos.

2.- El importe máximo a percibir por cada beneficiario será del 20% de la inversión presentada, con el posible ajuste, en caso de agotamiento de la partida, recogido en el artículo 8 y en base a la valoración que en el mismo se detalla.

3.- La subvención máxima a percibir por cada proyecto será de 2.000 euros.

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