Podrán solicitar la suscripción del convenio especial regulado en este real decretolas personas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener dieciocho o más años de edad y no haber cumplido la edad mínima para lajubilación ordinaria establecida en el artículo 161.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio.
b) Residir legalmente en España y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de suscripción del convenio especial.
c) Tener reconocida una discapacidad que implique especiales dificultades de inserción laboral.
Efectos:
La suscripción del convenio especial determinará, desde su fecha de efectos, la inclusión en el campo de aplicación del Régimen General de la Seguridad Social, en una situación asimilada a la de alta para la cobertura de las prestaciones que se indican en el artículo 4.