Convenio especial por las personas con discapacidad que tengan especiales dificultades de inserción laboral

Podrán solicitar la suscripción del convenio especial regulado en este real decretolas personas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener dieciocho o más años de edad y no haber cumplido la edad mínima para lajubilación ordinaria establecida en el artículo 161.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio.
b) Residir legalmente en España y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de suscripción del convenio especial.
c) Tener reconocida una discapacidad que implique especiales dificultades de inserción laboral.
Efectos: 
La suscripción del convenio especial determinará, desde su fecha de efectos, la inclusión en el campo de aplicación del Régimen General de la Seguridad Social, en una situación asimilada a la de alta para la cobertura de las prestaciones que se indican en el artículo 4.
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