El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó un Real Decreto-ley con varios cambios en la legislación laboral orientados a favorecer la contración estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores. Pero ¿cuándo y cómo entrarán en vigor estos cambios? Algunos ya son aplicables desde ayer mismo y otros estarán listos a partir del 1 de enero. Así deberán aplicarse estas nuevas condiciones:
Contrato a tiempo parcial. Las principales novedades son en este tipo de contratos; y la nueva normativa que los regula está en vigor desde ayer, domingo. Por ello, todas las nuevas contrataciones parciales que se hagan desde el domingo pasado serán con un nuevo régimen de horas complementarias que da más poder al empresario en el uso flexible del tiempo de trabajo, siempre y cuando –y esto también es novedad– el trabajador esté contratado como mínimo diez horas semanales.
Así, los trabajadores contratados a tiempo parcial tienen ahora prohibido hacer horas extraordinarias pero podrán realizar hasta un 30% de horas de su jornada pactada más, ampliables al 60% por convenio. El periodo de preaviso al trabajador para realizar estas horas es desde ayer de tres días, en lugar de los siete días de la ley anterior. Además tendrán otra bolsa de horas voluntarias adicionales a las anteriores, del 15% de su jornada, ampliables al 30% en convenio. Aunque estas últimas solo podrán hacerse si el trabajador es indefinido.
El régimen de horas complementarias pactadas con anterioridad al domingo pasado entre el empresario y el trabajador seguirá vigente, a no ser que ambas partes acuerden modificarlo según la nueva normativa.
Fuente y más info: cincodias.com