Programa de Activación para el Empleo

El BOE Núm. 307 de sábado 20 de diciembre de 2014 publica el Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo.

El real decreto-ley consta de nueve artículos, cuatro disposiciones adicionales y siete disposiciones finales.

El artículo 1 se refiere al Programa de Activación para el Empleo como un programa específico y extraordinario de carácter temporal, dirigido a personas desempleadas de larga duración que cumplan con una serie de requisitos. Los beneficiarios del programa se han definido a partir del colectivo de desempleados de larga duración con responsabilidades familiares que han agotado su protección por desempleo y que, precisamente por este motivo, se enfrentan hoy a mayores dificultades de colocación y especiales necesidades de protección.

Los requisitos que deben cumplir los desempleados para acceder al programa están recogidos en el artículo 2.

De forma complementaria, el programa ofrece una ayuda económica de acompañamiento. En este sentido, el artículo 7 reconoce que la ayuda tendrá una duración máxima de seis meses y que su cuantía será igual al 80 por ciento del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente en cada momento.

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