Subvenciones para la realización de actividades juveniles por las Asociaciones Juveniles, Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para las Asociaciones Juveniles, Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud y Partidos Políticos con Sección Juvenil y Sindicatos con Sección Juvenil, de Cantabria, destinadas a:

1. La realización de actividades juveniles que se ejecuten desde el 1 de enero 2012 hasta el 31 de marzo de 2013.
1.1. Las ayudas que se convocan habrán de destinarse a acciones de carácter formativo, recreativo o social y en general de promoción del asociacionismo para jóvenes residentes en Cantabria de entre 14 y 30 años.
1.2. El presupuesto para la realización de los proyectos no incluirá gastos correspondientes a inversiones en infraestructura, ni equipamiento, no obstante, además de los gastos propios del desarrollo de los proyectos juveniles indicados, podrá incluir gastos generales de funcionamiento en un apartado denominado “Varios”, el cual podrá contener exclusivamente gastos de alquiler del local ocupado por la entidad, luz, agua, gas, teléfono, recibos de comunidad o
material de ofi cina. El importe de dicho apartado denominado “Varios” podrá contener como máximo un importe igual al 10% del importe total del presupuesto del proyecto.
1.3. La entidad beneficiaria solo podrá subcontratar, en su caso, un máximo del 50% de la actividad subvencionada. Asimismo, deberá aportar con recursos propios en todo caso un mínimo del 30 % del presupuesto total del proyecto subvencionado.

Más info: BOC

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